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Cesantías e intereses 2026 en Colombia: fechas, cálculo y cambios (Ley 2466/2025)

Escrito por Alex Jurado | Jan 30, 2026 2:57:12 PM

Si en tu empresa hay contratos laborales vigentes, enero y febrero de 2026 traen dos obligaciones clave: pagar intereses a las cesantías y consignar las cesantías del 2025. Bien gestionado, esto te deja con nómina ordenada, cierres contables limpios y menos fricción con tu equipo.

Aquí va lo esencial (y útil) para PYMES: fechas, proceso, cómo se calcula cuando hubo cambios de salario y qué cambió con la Reforma Laboral (Ley 2466 de 2025).

1) Fechas clave 2026 que tu PYME debe tener en calendario 

✅ Intereses a las cesantías (causados en 2025)

  • Fecha límite: 31 de enero de 2026.
  • Cómo se paga: directo al trabajador (no al fondo).

✅ Cesantías (causadas en 2025)

  • Fecha límite de consignación al fondo: antes del 15 de febrero de 2026.
  • Dónde se consignan: al fondo de cesantías elegido por el trabajador (cuenta individual).

 

2) Qué cambió con la Reforma Laboral (Ley 2466 de 2025) y ya está vigente

La Ley 2466 de 2025 habilitó dos opciones voluntarias (por acuerdo y con reglas claras) dentro del régimen del artículo 99 de la Ley 50 de 1990:

  1. Consignación anticipada mensual de cesantías:
    • El empleador puede aportar mensualmente al fondo el 8,33% del salario base de liquidación (incluyendo auxilio de transporte cuando aplique).
    • Esto funciona como “consignación anticipada” y mantiene el esquema de liquidación anual.
  2. Mensualización de intereses de cesantías (por acuerdo escrito):
    • Las partes pueden acordar por escrito pagar intereses de forma mensual: 1% del salario base de liquidación (incluyendo auxilio de transporte cuando aplique).

Lo importante: estas opciones son una herramienta de administración para algunas PYMES (flujo de caja, orden mensual), más que una obligación nueva.

3) Cómo calcular cesantías (cuando hubo cambios de salario o salario variable)

Paso 1: Define el “salario base” correcto (esto es lo que más se equivoca en PYMES)

La regla práctica es:

  • Si el salario fue fijo y se mantuvo estable recientemente: se toma el último salario.
  • Si el salario fue variable (comisiones, destajo, etc.) o cambió: se toma el promedio del último año (o del tiempo trabajado si fue menos de un año). (Regla usual del CST art. 253, explicada en guías técnicas).
Paso 2: Incluye auxilio de transporte si aplica

En prestaciones como cesantías e intereses, el auxilio de transporte se contempla como factor para liquidación cuando el trabajador tiene derecho a él (hasta 2 SMMLV).

Paso 3: Aplica la fórmula legal (proporcional a días trabajados)

Cesantías causadas 2025 = (Salario base × Días trabajados en 2025) / 360

Esto está alineado con la regla general de “un mes de salario por año o proporcional” y su liquidación práctica.

4) Cómo calcular los intereses a las cesantías (y qué pasa si hubo salario variable)

Los intereses son del 12% anual, pagados directo al trabajador, hasta el 31 de enero del año siguiente.

Intereses 2025 a pagar en 2026 = Cesantías causadas 2025 × Días trabajados en 2025 × 0,12 / 360

📌 Si el trabajador tiene derecho a auxilio de transporte, ese valor (según corresponda y por días efectivamente causados) se suma al salario base para la liquidación de prestaciones.

 5) Proceso recomendado para PYMES 

✅ Checklist rápido de cierre (enero–febrero 2026)

  1. Validar quién tiene derecho a auxilio de transporte (hasta 2 SMMLV) y aplicarlo correctamente.
  2. Identificar trabajadores con salario variable o cambios para definir promedio.
  3. Calcular cesantías 2025 y generar soporte interno (archivo por empleado).
  4. Pagar intereses a cada trabajador a más tardar el 31 de enero de 2026.
  5. Consignar cesantías al fondo antes del 15 de febrero de 2026.
  6. Si te interesa la modalidad “mensual” de reforma laboral, documentar el acuerdo escrito (intereses al 1% mensual) y ajustar nómina.

En Tienda Legal PYMES te acompañamos

En Tienda Legal PYMES te ayudamos a tomar decisiones con claridad jurídica, especialmente si tu empresa quiere aprovechar lo que habilitó la Ley 2466 de 2025: pactar por escrito el pago mensual de los intereses de cesantías (1% mensual).

Revisamos contigo si esa opción aplica para tu operación, qué riesgos debes evitar y te apoyamos en dejar el acuerdo bien redactado y firmado, con las condiciones necesarias para que quede claro, ordenado y defendible.

👉 Haz tu consulta aquí y te indicamos el alcance del pacto mensual y cómo implementarlo correctamente desde lo legal.