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Circular 0027 de 2026: lo que las empresas deben hacer antes del 31 de julio

Escrito por Sandra Viviana Hidalgo Portuguez | Mar 4, 2026 12:48:17 PM

El Ministerio del Trabajo, mediante la Circular 0027 del 26 de febrero de 2026, recordó y precisó las obligaciones relacionadas con el registro anual de la autoevaluación de estándares mínimos del SG-SST y el plan de mejoramiento, estableciendo como fecha límite el 31 de julio de 2026 para reportar la vigencia 2025.

Aunque no crea nuevas obligaciones, la Circular refuerza el deber de cumplimiento y activa alertas de fiscalización a través de las ARL y las Direcciones Territoriales.

 ¿Qué deben hacer las empresas en 2026? 

La Circular establece que durante la vigencia 2026:

  • Debe registrarse la autoevaluación correspondiente al año 2025.
  • Debe registrarse el plan de mejoramiento derivado de dicha evaluación.
  • El registro debe realizarse en la aplicación habilitada en la página del Fondo de Riesgos Laborales: https://sgrl.mintrabajo.gov.co/
  • Fecha límite: 31 de julio de 2026.

Este registro no es opcional ni declarativo. Hace parte del sistema de garantía de calidad del Sistema General de Riesgos Laborales.

 

La Circular 0027 de 2026 y la Resolución 0312 de 2019: obligaciones críticas que se refuerzan

La Circular reitera lo dispuesto en la Resolución 0312 de 2019 y enfatiza cuatro obligaciones críticas:

1) Autoevaluación anual obligatoria

Todos los empleadores y contratantes deben realizar cada año la autoevaluación de los estándares mínimos del SG-SST del año inmediatamente anterior.

2) Formulación de plan de mejoramiento

Con base en los resultados, debe establecerse un plan de mejoramiento y el plan anual del año en curso.

3) Reporte a la ARL

Se debe:

  • Remitir copia de la autoevaluación 2025 y del plan de mejoramiento a la ARL.
  • Rendir informe de avance del plan en julio de cada año.
4) Plan anual del SG-SST

En diciembre debe formularse el plan anual para la siguiente vigencia, el cual inicia ejecución el 1° de enero.

 

 El punto más relevante: la ARL como “primer filtro” de cumplimiento 

Un punto especialmente relevante es que la Circular recuerda que las ARL deberán informar a las Direcciones Territoriales u Oficinas Especiales del Ministerio del Trabajo cuando evidencien incumplimiento en el reporte de la autoevaluación y del plan de mejoramiento.

Esto implica un fortalecimiento del modelo de inspección indirecta. Ya no se trata solo de una eventual visita de inspección, sino de un sistema donde la ARL actúa como primer filtro de cumplimiento.

 

 Errores frecuentes que pueden generar riesgo 

Desde la experiencia en acompañamiento empresarial, estos son los fallos más comunes:

  • Hacer la autoevaluación de forma mecánica, sin soporte documental.
  • Formular planes de mejoramiento genéricos, repetidos año tras año.
  • No remitir formalmente la información a la ARL.
  • No registrar oportunamente en la plataforma.
  • No hacer seguimiento real al plan durante el año.

El problema no es solo la multa. El problema es el impacto cuando ocurre un accidente laboral y la empresa no puede demostrar gestión efectiva.

¿Qué puede pasar si no se cumple?

El incumplimiento puede derivar en:

  • Requerimientos formales del Ministerio.
  • Investigaciones administrativas.
  • Multas conforme al régimen sancionatorio laboral.
  • Debilidad probatoria frente a demandas por accidente o enfermedad laboral.
  • Reporte negativo ante autoridades territoriales.

Además, si la ARL informa incumplimiento, la empresa queda en una posición defensiva antes incluso de cualquier visita.

Lo que deberían estar haciendo las empresas hoy

No esperar a julio. Recomendamos:

  1. Verificar que la autoevaluación 2025 esté correctamente soportada.
  2. Revisar técnicamente el plan de mejoramiento (que responda a hallazgos reales).
  3. Confirmar que se haya enviado copia formal a la ARL.
  4. Programar el registro en la plataforma con antelación.
  5. Documentar cada paso.

El SG-SST no es un archivo. Es un sistema vivo. Y el Ministerio está dejando claro que lo está monitoreando como tal.

Conclusión

La Circular 0027 de 2026 no introduce nuevas obligaciones sustanciales, pero sí refuerza el deber de cumplimiento oportuno y verificable del registro anual de la autoevaluación y del plan de mejoramiento del SG-SST.

Desde una perspectiva técnica, el elemento más relevante es la articulación operativa entre empleadores, ARL y Direcciones Territoriales, lo que incrementa la trazabilidad del cumplimiento y reduce la probabilidad de omisiones inadvertidas.

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