Comités de Convivencia Laboral en Colombia: lo que cambia en 2025

El Comité de Convivencia Laboral es un pilar fundamental para la prevención del acoso laboral en Colombia. Su objetivo es promover un ambiente sano, prevenir conflictos y dar trámite a situaciones que afecten el bienestar de los trabajadores. Desde el 1.º de septiembre de 2025, este comité vive un cambio trascendental gracias a la entrada en vigor de la Resolución 3461 de 2025, expedida por el Ministerio del Trabajo.

Con esta nueva normativa, todas las empresas en Colombia —públicas y privadas— deben adaptar sus comités de convivencia a los nuevos lineamientos, lo que representa un antes y un después en su conformación, funciones y estructura.



¿Qué es el Comité de Convivencia Laboral y por qué es tan importante?

Es el órgano interno encargado de prevenir, tramitar y resolver de forma confidencial las quejas relacionadas con acoso laboral, incluyendo casos de estrés derivado de este tipo de conductas.

Está compuesto por representantes del empleador y de los trabajadores, y su tamaño depende de la cantidad de colaboradores en la organización. Además, permite ampliar su estructura cuando la actividad económica o el tamaño de la empresa así lo requiera.


La Resolución 3461 del 1.º de septiembre de 2025 derogó las Resoluciones 652 y 1356 de 2012, estableciendo nuevas reglas que todas las organizaciones deben seguir para evitar sanciones. Estos son los ajustes clave:

1. Niveles por tamaño de empresa

Ahora la conformación del comité varía dependiendo del número de trabajadores. Se establecen rangos específicos según el tamaño empresarial.

2. Inclusión de trabajadores temporales y en misión

Se adiciona un procedimiento específico para incluir personal en misión, tercerizados o temporales, garantizando su participación en la gestión del acoso.

3. Comité por cada centro de trabajo

Si una empresa tiene diferentes sedes o centros operativos, deberá conformar un comité en cada uno de ellos, no solo en su oficina principal.

4. Plazos máximos para resolver quejas

La nueva normativa establece tiempos límite para recibir, tramitar y dar respuesta a las quejas, lo que aumenta la responsabilidad del comité y mejora su trazabilidad.

5. Requisitos del perfil de los integrantes

Ya no cualquier persona puede ser miembro del comité. Se exige idoneidad profesional y conocimiento en manejo de conflictos, fortaleciendo su capacidad de gestión.

6. Cambios en casos de acoso sexual

El comité no intervendrá directamente en estos casos. Se establece una delimitación clara de su competencia para evitar revictimización o procedimientos inadecuados.

¿Qué deben hacer las empresas?

Toda empresa debe:

  • Revisar si cumple con la nueva conformación según el número de empleados.

  • Incluir formalmente al personal temporal si aplica.

  • Crear comités en cada centro de trabajo.

  • Redactar un nuevo reglamento interno del comité.

  • Garantizar que los miembros cumplan con los requisitos de perfil.

  • Ajustar sus procedimientos y capacitar a los integrantes.


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En Tienda Legal PYMES acompañamos a las empresas en todo el proceso de adecuación al nuevo marco normativo. Nuestro equipo jurídico:

✅ Evalúa tu situación actual y determina los ajustes necesarios.
✅ Elabora los documentos exigidos por la ley (actas, reglamentos, designación de miembros).
✅ Capacita al nuevo comité en sus funciones y responsabilidades.
✅ Asegura que tu empresa cumpla con los plazos, perfiles y procedimientos establecidos.


📌 Conclusión

La Resolución 3461 de 2025 transforma por completo el papel del Comité de Convivencia Laboral. Ya no se trata solo de cumplir con una obligación formal, sino de implementar un mecanismo real para prevenir el acoso y proteger a tu equipo de trabajo.

Ajustar tu comité es ahora una prioridad legal. Evita sanciones y protege tu entorno laboral con el acompañamiento adecuado.

 

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